Nos parece imperativo que todo el país tome conciencia de que nuestra estructura institucional posee una grave debilidad en el área de la Justicia, y de que ella no proviene del presente régimen de facto sino que se remonta largo tiempo, en alguna medida, hasta los orígenes de nuestro estado soberano.
Nuestra condición en esa materia se deterioró desde junio de 1973 en adelante. Cuando el régimen aprobó el Acto Institucional N° 8, dio la impresión de querer inferir a la dignidad de la judicatura un menoscabo gratuito. Lo mismo cuando rehusó al edificio que se levantaba frente a la Casa de Gobierno el destino para el que había sido planeado, de albergar al Poder Judicial. En tales momentos dio la impresión de que hasta la misma idea de una judicatura independiente resultaba ofensiva para los hombres del proceso. Pero cometeríamos un costosísimo error si no percibiéramos que detrás de ese deterioro reciente, que puede resultarnos hoy lo más visible, se oculta la realidad desoladora de nuestro régimen judicial tradicional.
Nos parece imperativo, decíamos, que todos tomemos conciencia de esas carencias nacionales ahora más bien que más adelante, no porque creamos que los cimientos de una estructura jurisdiccional adecuada pueden asentarse en las negociaciones del Parque Hotel —respecto de las cuales nos sentiremos felices si podemos librarnos de los peores peligros con que ellas nos amenazan— pero sí porque abrigamos la convicción de que estamos entrando en una etapa de gran fluidez estructural de la que un nuevo país va a surgir, para bien o para mal. Que sea para bien depende de que una mayoría de la ciudadanía comprenda que el retorno a junio de 1973 no es una meta factible, y de la nitidez y profundidad con que ella lo perciba.
Podríamos concebir un programa destinado a impartir rápidamente a los jóvenes la vivencia que deseamos sobre la condición de nuestro régimen judicial. El se integraría con visitas a distintos edificios de nuestra ciudad capital. La primera se dirigiría al Palacio Legislativo. Sería fácil hacer apreciar a los jóvenes visitantes la munificencia con que los constructores habrían seleccionado los materiales para la obra. Se les explicaría como una generación de uruguayos, al arribar el país a su primer centenario, había querido celebrar, con aquel maravilloso despliegue de mármoles multicolores y maderas finísimas, el bien inapreciable de la libertad que la República aseguraba a sus hijos bajo el imperio de la Ley. Proseguiría la gira por el Palacio Estévez, cuya austera elegancia señalaríamos destacando como la Nación reserva el lujo para honrar los grandes valores a que se siente consagrada, mientras a los hombres a quienes confía el poder les rodea de sobriedad republicana, a fin de que nunca olviden que es en ella, y no en sí mismos, donde reside la soberanía. Luego el viaje tocaría los distintos edificios donde se administra justicia. Lejos de buscar un amortiguamiento del impacto que sobre las tiernas conciencias de los visitantes ejercería la pobreza indecorosa de los locales, la lobreguez de los ambientes, su frecuente desaseo, la profusión de vidrios rotos, lamparillas quemadas, muebles destartalados y, en fin, la fealdad agresiva de todo, procuraríamos que él alcanzase la magnitud debida, no dejando nada por revisar: desde los polvorientos anaqueles de los archivos hasta los despachos de los magistrados, desnudos de todo vestigio de solemnidad. Entonces, cuando el contraste entre aquella miseria por una parte, y por la otra el boato del Palacio Legislativo y la refinada austeridad de la Casa de Gobierno hubiera surtido el efecto deseado sobre nuestros jóvenes compañeros, les congregaríamos en uno cualquiera de aquellos tristes locales judiciales y les diríamos: "Los dos edificios que visitamos primeramente son las sedes de los Poderes Legislativo y Ejecutivo. Ahora estamos en la sede del Poder Judicial. Es evidente que los uruguayos nos hallamos incursos en una inconsecuencia radical. Las leyes que se aprueban en medio del esplendor de los mármoles y las boiseries deben hacerse cumplir en medio de esta sordidez. No es posible afirmar que los uruguayos hayan respetado hasta ahora de manera plena la dignidad del derecho, ni que hayan amado la libertad. Porque sin duda la pobreza abrumadora que en esta sala nos rodea no es más que el trasunto de la íntima estimación en que tenemos las tareas que aquí se cumplen, que no son otras que hacer vivir la ley y prestar soporte a la libertad. ¡Animo, entonces, jóvenes amigos! Si nos ha ido tan mal es porque hemos procedido con profunda inconveniencia. No somos, por fortuna, las víctimas inocentes de un torvo destino. Soportamos sencillamente las consecuencias de nuestros propios actos. Y la magnitud de nuestros errores nos da la medida de las posibilidades que su corrección abriría a nuestro futuro".
Si tomamos conciencia debidamente de tan calamitosas carencias, sin duda querremos ponerles fin rápidamente. Dejaremos prestamente de cerrar los ojos a lo que otros pueblos de nuestra misma raíz cultural hacen en nuestro derredor. La Constitución española de 1978, por ejemplo, otorga a todas las personas el derecho a un "proceso público sin dilaciones indebidas" (art. 24(2)). Es decir que el viejo principio de la Sexta Enmienda de la Constitución Federal Norteamericana vigente desde 1791, está siendo incorporado al derecho constitucional de los países de nuestra subcultura hispánica, y nosotros no querremos quedarnos atrás. Comprenderemos al fin cabalmente que el secreto con que actualmente se rodea al proceso penal en nuestro país es una forma de dejar inerme al individuo frente al poder del estado, y de otorgar una patente de impunidad a los funcionarios que usen de ese poder de manera indebida. El caso recientemente divulgado de Arnoldo Torres, el hombre que pasó cuatro años en la cárcel sin ser condenado y sin otra prueba en su contra que una confesión originalmente obtenida mientras declaraba sin asistencia de defensor, sin la garantía implícita en la presencia de público, ni ninguna otra contra el ejercicio de presiones físicas o psíquicas, será recordado con rubor como uno de los últimos en que ello fue posible. Entonces la actitud del actual ministro de Justicia, al negar a un periódico información sobre el caso, aduciendo su carácter secreto para todos los directamente involucrados, causará estupor, y la indiferencia con que esa negativa fue generalmente recibida despertará un asombro semejante.
Decir lo que antecede no es diferente de afirmar nuestra esperanza de que el Uruguay tome de aquí en adelante rectamente por la ruta de la libertad, reconociendo que nunca llegó hasta ahora más que a transitar oblicuamente por zonas aledañas. Si esa esperanza está fundada, veremos que el oprobioso presumario secreto desaparecerá de nuestra práctica judicial así como de nuestra ley procesal, donde ha llegado a instalarse recientemente, para nuestra colectiva vergüenza. Tal vez queramos garantizar expresamente, como hace la Constitución de España, el derecho del detenido a ser asistido por abogado en todas las diligencias policiales (art. 17 (3)) y sin duda a toda persona el de negarse a declarar contra sí mismos (art. 24 (2)), todo lo cual imposibilita el presumario secreto, si alguien tuviera el mal pensamiento de querer implantarlo en España.
Tal vez ello debilite un tanto la expeditividad de nuestro régimen represivo, obligándonos a asignar más recursos a esa actividad estatal. El presumario secreto puede quizá ahorrar dinero, pero es claro que sería más económico aún combatir los delitos encerrando en la cárcel a todos los sospechosos cada vez que uno se cometiera. Nadie ha dicho que la libertad crezca en los árboles y baste estirar el brazo para recogerla. Si el nuestro es potencialmente la clase de país que creemos, seguramente que el costo de la libertad no habrá de arredrarnos para que concedamos por fin a la Justicia el sitial que se merece, en el plano más exaltado de nuestra estructura institucional.