¿Qué clase de democracia?

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Yo veo a la democracia uruguaya en una encrucijada. Ante sus pies se abren dos caminos. Los dos llevan a otras tantas clases de democracia, regímenes diametralmente opuestos. Tan opuestos, que vacilo en usar la misma palabra para designar a ambos. Me atengo, para hacerlo después de todo, al sentido etimológico del vocablo: es "democracia" un régimen si sus autoridades son elegidas mediante el voto popular. Las otras características, que con frecuencia se asocian a la palabra democracia sin más especificaciones, distinguen en realidad sólo a uno de los dos regímenes: a la democracia liberal. Me refiero a la limitación del poder del estado, y a la sujeción de los gobernantes a una potestad superior, a la potestad del derecho. Esto significa, a su vez, dos cosas. Por un lado, que la regla general encarnada en la constitución y la ley obligan al gobernante, por multitudinario que pueda ser su respaldo político, y a la vez protegen al individuo, por impopulares que puedan ser sus ideas y por reprobables que puedan haber sido sus actos; y, por el otro lado, la faz práctica del mismo principio, sin la cual él no sería más que una fórmula retórica: en punto al alcance de las facultades de los gobernantes, y a las garantías que a ellas puede oponer el individuo, la última palabra la tiene un personaje que, desde la perspectiva del tribuno, capaz de movilizar las multitudes, debe ser la vera imagen del desvalimiento. La última palabra la tiene un juez.

"¿Cuántas divisiones tiene el Papa?", inquirió burlonamente cierta vez Nikita Jruschof. Bien puede uno imaginarse a un líder popular preguntando, con análoga sorna: "¿Cuántos votos tiene la Suprema Corte?".

Pues bien, la clase de régimen en que la majestad de la ley quedase aplastada por el peso de las mayorías pertenecería al mismo orden de entes que un mundo en el cual el poder del espíritu hubiese quedado irremisiblemente sometido a la fuerza bruta. Pensar en que la libertad de los individuos pudiera sobrevivir en uno y otro sería una irrisión. Pero el régimen donde los magistrados sólo pudieran volver eficaces sus decisiones a condición de mantenerse en comunión con las mayorías podría ser, con todo, una democracia. Al menos, en la acepción etimológica de la palabra.

El mundo entero acaba de recordar, como todos los años, el 14 de julio, que no muchos se rehusarían a reconocer como una gran fiesta de la democracia. Aquel día de 1789 fue por la gran jornada de Camilo Desmoulins. Arengó a las masas y éstas se lanzaron contra la Bastilla, baluarte del absolutismo, símbolo del ancien régime. La caída de la fortaleza tuvo de inmediato enorme repercusión. La llegada de la noticia a Koenisberg hizo que Kant llegase tarde, por única vez en su vida, a su clase en la universidad. "¿Es una revuelta?", inquirió Luis XVI. Un cortesano, con notable precisión semántica, osó corregirle: "No, sire, es una revolución".

No todo cambió, sin embargo. Cambió la forma de gobierno, ya que la monarquía fue abolida el 21 de setiembre de 1792 (las cabezas del rey y la reina rodarían sólo cuatro y trece meses más tarde, respectivamente); cambió el calendario (por ejemplo, el pobre Camilo fue guillotinado el 4 germinal del año II, que era la forma revolucionaria de decir "5 de abril de 1794"); cambió la religión oficial, en varias etapas, hasta que se instituyó la fiesta de la Razón, el 10 de noviembre de 1793, y se cerraron las iglesias; cambió la semana, que pasó a tener diez días, culminados por un décadi, en lugar del reaccionario domingo y otras muchas cosas más cambiaron, fruto del fervor innovativo que ya en 1789 hizo a Rabaud de St. Etienne proponer "cambiar las ideas, cambiar las leyes, cambiar las costumbres..., cambiar los nombres, cambiar las cosas, cambiar las palabras, destruirlo todo..."; pero no todo cambió.

La Bastilla mantenía en sus mazmorras numerosas víctimas de las infames lettres de cachet, pero el propio Camilo fue a dar con sus huesos, y con los de Danton y otros amigos suyos, a una celda de la Conciergerie, la antesala de la muerte, como a la sazón se la llamaba, sin más fundamento que el decreto desembozadamente político del Comité de Salvación Pública —una comisión parlamentaria, una de las 21 que tenía la Convención— respaldado por el aterrorizado plenario de esta asamblea, ante las denuncias de Robespierre y St. Just.

Con seguridad que la mayoría de los lectores vieron no ha mucho la película Danton, donde estos episodios se narran magistralmente. Tal vez recuerden que el titánico alegato de Danton fue interrumpido por un decreto de la Convención, dictado a pedido del Tribunal Revolucionario, que prohibía articular defensas a toda persona "que insultara a la Justicia Nacional".

Poco después se dictaría la ley del 22 Prairial del año II (10 de junio de 1794) en la que la parodia de los juicios se dejó de lado, de modo que la ingeniosa invención de M. Guillotin pudiera en adelante ser operada sin complicaciones innecesarias.

La truculencia del ejemplo no viene a cuento en relación con nuestra problemática de hoy en día, pero un poco de truculencia no le hace daño a nadie si se trata de tomar conciencia de los peligros que acechan a la democracia, a la nuestra como a cualquier otra, cuando ella se olvida de la justicia, cuando la somete a los otros poderes, al legislativo no menos que al ejecutivo, o cuando otros poderes asumen las funciones de investigar los delitos y castigarlos, y adjudicar derechos y obligaciones en casos individuales.

Hoy, como decía al principio, veo a la democracia uruguaya ante una bifurcación de caminos. Son distintas las solicitaciones que le instan a recorrer el uno, o internarse por el otro.

La razón le muestra sin hesitaciones la ruta que pasa por la consolidación de una magistratura independiente, la estructuración de garantías individuales eficaces en el marco de un proceso penal renovado, que cierre la brecha que nos separa de la gran tradición occidental. La pasión, en cambio, le señala los modelos, de Robespierre y St. Just, fulminando desde la tribuna de la Convención a los "enemigos del pueblo", y al Comité de Salvación Pública, al de Seguridad General, firmando los decretos de acusación, llamados a ser refrendados luego, si acaso, por tribunales complacientes.

Occidente, dejando atrás aquellas turbulencias que hoy me ocuparon, se ha orientado decididamente por el camino que desbrozaron Locke y Montesquieu, Burke y Tocqueville, el camino de la separación de poderes y de sólidas garantías en la libertad individual. Entre otras razones, porque las democracias de estilo denunciativo o jacobino, las que incorporan los juzgados a las asambleas legislativas, y someten a la libertad y el honor de las personas o sus comités investigadores, son inestables. No hay más que recordar como Robespierre y St. Just, despojados también de sus cabezas, dieron paso a la contrarrevolución termidoriana (a cuatro meses escasos del arresto de Danton y de Camilo), al bonapartismo, a la restauración borbónica, aquella que nada había olvidado y nada aprendido, como tantas otras reacciones, y luego a la monarquía de julio, al segundo imperio... Ciertamente, la democracia jacobina llevaba en su seno la simiente de una planta antidemocrática de honda raigambre.

Como herederas de aquel género de democracia, hoy en día, si acaso, podríamos reconocer a las "democracias populares". Alguien ha señalado que los únicos países cuyos nombres oficiales contienen la palabra "democracia" son en su totalidad países que no son democracias en absoluto. Pero sí son países que han hecho suyo el meollo de la tradición jacobina, consistente en identificar una facción con el interés del pueblo, y en base a ello otorgarle poderes absolutos, frente a los cuales el individuo es quantité négligeable; países que han imitado la retórica de la democracia jacobina, y que copian sus métodos de tratar de disidencia con gran fidelidad y empeño. Efectivamente, no son democracias, pero no por accidente: escogieron el camino falso, que no llevaba tal meta en manera alguna.

En el Uruguay, sobre los compromisos que los partidos contrajeron en la campaña electoral acerca de reformar y fortalecer el Poder Judicial, no hay por el momento noticia alguna. Es evidente que al menos el sentido de urgencia falta al respecto en nuestros hombres públicos. Ante el episodio traumático de la dictadura, es obvio que en el avasallamiento de los derechos individuales que ella significó, prácticamente ninguna significación atribuyen a la falta de un Poder Judicial independiente y vigoroso. Muchos, al contrario, pretenden que la respuesta del país a aquella ruptura de su orden jurídico consista en borrar del todo la separación de poderes, e investir con las potestades de los jueces a las comisiones parlamentarias.

Por eso, aún teniendo en cuenta nuestra tradición liberal, no puedo menos que ver a la democracia uruguaya, hoy en día, en una encrucijada.

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