El gobierno uruguayo acaba de cerrar un periódico. Por su sola y exclusiva voluntad. Por decreto. Igual que hacía la dictadura militar. Nosotros no nos consolamos de que ello haya podido ocurrir.
Tampoco comprendemos. Una transgresión tan innecesaria contra la libertad de prensa, una confesión tan ociosa sobre el triste estado de nuestras instituciones jurídicas, y por ende sobre el precario asiento de nuestras libertades, es difícil que hayan acontecido antes.
En los países que integran lo que llamamos el mundo occidental, y participan de la civilización en cuyo suelo brotó y creció el estado de derecho, hay un conjunto de instituciones que rigen en todos ellos, que forman su patrimonio común, algo así como un ius gentium o un ius naturalis, que desborda las fronteras políticas y extiende su vigencia bienhechora hasta donde la detienen los muros, alambradas de púas y guardas fronterizos de los despotismos. Nosotros entendemos que nuestra Constitución se refiere a ese derecho natural de la libertad cuando afirma, en su artículo 72, que la enumeración de derechos y libertades que su texto explícitamente contiene "no excluye los otros que son inherentes a la personalidad humana o se derivan de la forma republicana de gobierno". Pues bien, como nuestros lectores saben, como el Presidente de la República y su ministro del interior saben, como, en una palabra, saben todos bajo el imperio de la ley liberal, los gobiernos no cierran periódicos. Tampoco los parlamentos cierran periódicos. Ninguna autoridad política recibe poder para ello del derecho común de Occidente. Sólo los jueces poseen potestad hábil para hacerlo, cuando pueden fundarse en una ley de carácter general. Si un gobierno entiende que la publicación de un órgano de prensa afecta el orden público, no tiene otro camino que recurrir a la judicatura para obtener una orden de clausura. Esta puede concederse con carácter provisorio sin llenar todos los requisitos de un proceso formal si el juez se convence de que hay un bien jurídicamente protegido que corre peligro, pero en tal caso la vista de la causa, con la consiguiente oportunidad de defensa para los intereses afectados, debe seguir con la mayor premura.
Hemos apelado al derecho común occidental por la notoriedad que reviste, sin perjuicio de señalar además que la Constitución Nacional ha recogido explícitamente esos mismos principios en sus artículos 29 (sobre libertad de prensa) y 12 (sobre debido proceso). En particular la pertinencia del segundo merece enfatizarse. Dice que nadie puede ser penado "sin forma de proceso y sentencia legal". Para obviar ese requisito habría que negar el carácter penal de la decisión que cierra un periódico. ¿Habrá alguien que se atreva a sostener esa tesis?
¿Será esa acaso la tesis del gobierno? Es difícil decirlo porque el decreto de clausura es poco explícito sobre las razones que motivaron la medida. Lo que el decreto básicamente dice es que el Poder Ejecutivo está aplicando dos decretos venerables, el más nuevo de los cuales supera los 23 años de edad. Un buen día el gobierno advierte que un decreto de 1954 y otro de 1963 que ordenaban el cierre de determinado periódico, permanecen vigentes, mientras que, sin embargo, recientemente ese mismo órgano había vuelto a imprimirse. Entonces el Poder Ejecutivo se apresura a poner fin a la contradicción entre el deber ser de las dos viejas resoluciones y el ser de la realidad corriente. El decreto que lleva la firma de los doctores Sanguinetti y Marchesano fue transcrito íntegramente en nuestra última edición. Si usted quiere saber cabalmente qué cosa es el legalismo —esa enfermedad endémica en el Uruguay— no deje de leerlo atentamente.
El único pensamiento de este documento que alude a posibles valores actuales vulnerados como justificación del cierre está contenido en el Considerando 2º, donde se aduce que el órgano en cuestión "persiste en la prédica de sus ediciones (de varias décadas atrás)" y se propone la reorganización de un movimiento político otrora prohibido. Es curiosísimo que el reciente decreto no impute carácter difamatorio al periódico suprimido, y en lugar de ello le atribuya virtualidad subversiva. En concreto, y atendiendo a los antecedentes que el documento reconoce por vía indirecta —que incluyen la ley 9.936, de 18 de junio de 1940, llamada "de asociaciones ilícitas"— el periódico clausurado habría venido a serlo por difundir ideas contrarias a la forma democrático-republicana de gobierno, y eventualmente por propiciar el uso de la fuerza para derribar el orden establecido, un plano sobre el cual su capacidad para suscitar alarma, nosotros diríamos, es estrictamente nula. Si se quería aplicar la ley 9.936 —un estatuto tremendamente antiliberal y gruesamente inconstitucional— ciertamente que había mejores candidatos que el que en definitiva se seleccionó. Precisamente a éste lo que lo caracteriza es su debilidad, su total falta de apoyo popular, su pésima reputación moral. Los gobiernos uruguayos han acumulado una experiencia de un tercio de siglo en materia de cerrar a ese mismo periódico, y saben que no pasa nada, que nadie lo defiende. Pues bien, nosotros no estamos de acuerdo. Nosotros queremos protestar. La idea de tener un sistema de castas, en lo referente a los derechos individuales, dentro del cual estaría la casta de los intocables, que en materia de garantías quedaría permanentemente a la intemperie, desprovista de toda protección, nos parece sencillamente abominable. El agravio inferido a los parias somos en realidad todos quienes lo sufrimos.
Presumimos que el periódico sancionado se defenderá ante los tribunales. Afortunadamente para él y para todo el país los últimos tiempos han presenciado un progreso solitario pero importante, de nuestro ordenamiento institucional. Tenemos ahora la acción y el recurso de amparo. Esperamos que sus titulares esgriman esos nuevos instrumentos legales. Nosotros creemos que no pueden perder.
Entonces, por oscura que haya sido hasta ahora su trayectoria en el periodismo nacional, habrán efectuado una contribución significativa al desarrollo de la libertad de prensa en este país. Será un caso extraño, pero ciertamente no por completo desprovisto de precedentes.
John Wilkes fue un periodista inglés de reputación tenebrosa, entre cuyas víctimas se contaron el primer ministro Lord Bute y la reina madre —madre de Jorge III— a quienes atribuía ilícitas relaciones. Cuando Bute se retiró en 1763, según se cree por efecto de la vitriólica pluma de Wilkes, el gobierno que sucedió al suyo confiscó su periódico, el North Briton, mientras a él lo encerraban en la Torre de Londres, ambas cosas por virtud de una orden judicial genérica (que no identificaba debidamente la persona a prender). Una semana más tarde, sin embargo, Lord Pratt, principal autoridad judicial del reino, declaraba ilegal e inválida aquella orden genérica, y devolvía a Wilkes su libertad y su periódico. La opinión pública siguió viendo en Wilkes la figura de un aventurero periodístico. Se cuenta que, preguntado por un francés hasta dónde llegaba la libertad de prensa en su país, respondió: "No sé, estoy tratando de averiguarlo". Sin embargo este hombre inverecundo tiene conquistada en la historia de su país una morada segura, cimentada sobre la tenacidad con que se opuso a la arbitrariedad gubernamental. ¿Hemos de tener también nosotros nuestro Wilkes?
Mientras la historia produce su respuesta, asumamos con franqueza las enormes carencias de nuestra tradición jurídico-constitucional. Octavio Paz ha escrito: "En América latina los pueblos conquistaron la independencia y comenzaron a gobernarse a sí mismos; sin embargo, los revolucionarios no lograron establecer, salvo en el papel, regímenes e instituciones de verdad libres y democráticos". Por más que duela, reconozcamos que esto sigue siendo cierto hoy en día. No dejemos que el torrente de retórica que ensalza nuestra democracia y un supuesto pasado liberal nos aturda y nos nuble la visión. En el Uruguay, en América latina, el estado de derecho no es una conquista a celebrar, sino una gran empresa a acometer: con determinación, con realismo, con la visión clara, y sobre todo, con perseverancia y energía.