En general, las opiniones que he vertido en esta serie han sido adversas a las distintas propuestas de reforma que he examinado —tales como el debilitamiento del derecho de veto del Ejecutivo, la parlamentarización del sistema de gobierno, y la elección del Presidente por el sistema de ballotage— pero en el último artículo tuve ocasión de registrar mi oposición a algunos contenidos de nuestra Carta, particularmente sobre las restricciones que limitan el derecho del cuerpo electoral a expresar sus preferencias. En algún caso llegué a sostener que el defecto institucional que motivaba mi comentario era "intolerable". Sin embargo, me abstuve de recomendar que se iniciara prestamente un procedimiento de reforma para corregir esas deficiencias. Confío en que el lector no me reputará incurso por ello en una inconsistencia muy grave. Para ello sólo necesito que él convenga en que la intolerabilidad es una situación que admite grados; es decir, que por más que dos cosas sean ambas intolerables, una pueda serlo más que la otra. En cuyo caso no le costará comprender que, por más que yo sienta verdadera indignación por la norma que —pongamos por caso— determina que mi voto por un candidato a la Presidencia restringe mi capacidad para elegir entre los candidatos que se postulan para Diputados y Senadores, y hasta —mirabile dictu— para cargos del gobierno local, con todo prefiera que esa norma siga en pie, antes de que su eventual enmienda quede supeditada a la puesta en marcha de un proceso general de reforma, el cual despierta en mí una resistencia aún mayor.
Esta actitud mía, contraria a la puesta en marcha de un procedimiento general de reforma constitucional, requiere naturalmente una justificación, que ahora me apresuro a ofrecer.
En primer lugar, las constituciones, como los buenos vinos, mejoran con la edad. Ello ocurre presumiblemente, por dos razones. En parte, es una cuestión de experiencia y precedentes acumulados. Una constitución recién escrita es como un plano que se entrega al constructor.
En el ejemplo el constructor viene a ser la sociedad que debe regirse por la carta. Aplicarla es como irle confiriendo al plano concreción en el universo tridimensional. Por supuesto, los planos pueden cambiarse mientras progresa la edificación, pero ello suele dar por resultado, en la arquitectura social como en la física, edificios desprovistos de armonía y funcionalidad. Por ejemplo, las adiciones parlamentaristas adosadas a nuestra Carta desde 1934 nunca han logrado homogeneizarse con la estructura presidencial básica, y al mismo tiempo han entorpecido la consolidación de una tradición presidencialista operativa. En parte, asimismo, ese mejorar las constituciones con los años de vigencia es una cuestión de afectividad, relativa a los sentimientos que la Carta va despertando en sus súbditos con el andar del tiempo. Progresivamente, particularmente si sus normas son escrupulosamente observadas, la soberanía de la constitución va transformándose en un objeto de profundo respeto. Con los siglos —la constitución norteamericana ya anda en su tercer siglo de vigencia— ese respeto va alcanzando el grado que justifica los vocablos "reverencia" y "veneración". Cuando se llega a esa etapa, la vulnerabilidad que las constituciones nuevas adolecen frente a los ataques del poder desnudo prácticamente ha desaparecido.
Temo que este aspecto trascendental sea por lo general imperfectamente apreciado en nuestro medio. Alguna vez que yo escribí que si seguían violando la Constitución a diestra y siniestra iba a resultar difícil que ella lograse el grado de respeto reverencial deseable, un legislador escribió a Búsqueda una carta, que era en general crítica de mi artículo, pero que a propósito del respeto reverencial que las constituciones deben merecer se volvía abiertamente burlona. Temo que aquella actitud sea representativa de la incomprensión que reina entre nosotros en cuanto a las fuentes de las cuales las constituciones extraen su fortaleza. Lo cual obviamente ayuda muy poco a ponernos a salvo de las reiteradas interrupciones de su vigencia.
Esta no es la ocasión para que yo intente hacerle justicia a tan encumbrado tema, y hoy sencillamente presumiré que el lector conviene conmigo en cuanto a que las constituciones que llevan muchos años en vigor, no sólo se aplican más eficazmente, gracias a la experiencia y a los precedentes que su vigencia va generando, sino que también poseen mejores defensas contra los embates del mero poder. He aquí, pues, el primer grupo de fundamentos para que la perspectiva de un procedimiento reformista no pueda ser contemplada sin considerable aprehensión.
El segundo grupo se refiere a la posibilidad de que nuestra Carta no salga mejorada de ese proceso, sino lo contrario. Esa es una posibilidad que los antecedentes nacionales y regionales no nos dejan descartar.
En lo que atañe a nuestra historia institucional, que la enmienda resulte peor que el soneto ha sido sin duda la regla general. La única excepción diría que es la Carta vigente, que en el balance general estimo mejoró la de 1952; pero aun esa excepción singular resulta relativizada por la circunstancia de que empeorar la Constitución de 1952 tal vez fuera imposible. La Carta de 1830 no habría enorgullecido a Solón, —en sus notas de 1852 al proyecto de Constitución para la República Argentina, que aún rige, Alberdi no oculta su juicio adverso— pero su superioridad frente a los textos posteriores es difícilmente discutible.
La dinámica de nuestras reformas ha sido prácticamente siempre la misma. El impulso se origina en un tema de interés político, fundamentalmente relativo a la estructura del Poder Ejecutivo, en alguna medida también del Parlamento, pero siempre se ha aprovechado la ocasión para agregar alguna que otra disposicioncilla —una especie de "yapa"— para solaz y beneficio de la ciudadanía. La responsabilidad principal por estas adiciones, que a la sazón suman centenares, tal vez sea adjudicable a la Constitución de 1934 —que matizó indeleblemente la configuración liberal de nuestra Carta con elementos del autoritarismo por entonces en boga— pero se trata sin duda de una responsabilidad fuertemente compartida.
En la presente coyuntura el impulso podría provenir de temas tales como la parlamentarización, o la elección del Presidente; pero, los aditamentos de estilo, ¿en qué podrían consistir? Ya vimos que el pasado no nos deja considerar esa interrogante sin cierta trepidación; pero, si en lugar de acudir a nuestra memoria nacional nos asomamos a la cerca que nos separa del Brasil, a fin de ver qué está haciendo del otro lado la Asamblea Constituyente actualmente en funciones, la trepidación tiene que volverse paralizante.
El proyecto de Constitución que allí se está elaborando anda ya no lejos del millar de artículos, y entre muchas otras cosas incluye un "paquete social", donde se reduce la semana de trabajo, se aumentan las indemnizaciones por despido, se eleva el recargo sobre el salario normal por horas extras, se eleva el salario vacacional, se extiende la licencia por maternidad, y se instituye la licencia por paternidad (8 días para que los papás se repongan de cada parto). Hasta qué punto esto sea un efecto irreproducible del trópico es un punto problemático, pero a mí me parece que, por el momento, la actividad reformista en esta región del mundo debería ser declarada insalubre.