Otra crisis constitucional

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Al escribir este artículo (fin de semana pasado) no sé todavía qué se traen quienes quieren encontrar una solución política a la malhadada impasse sobre el referendum, pero mucho me temo que se traigan violación de la Constitución.

La Corte Electoral es el órgano constitucionalmente competente para decidir si las condiciones se han dado para que se convoque a la ciudadanía a pronunciarse sobre la ley de amnistía a los militares, como quiera que sea el barroco eufemismo con que se la nombró. No hay otra alternativa dentro de la Constitución. Por ejemplo, el Parlamento no es competente. Una ley que dispusiera la realización de la consulta sería inconstitucional. No sé qué otra cosa podrá imaginar el ingenio de nuestros políticos, tan inagotables para encontrar modos de sortear obstáculos como perezosos para enfrentarlos y removerlos, pero, sea ello lo que fuere, casi seguramente sería inconstitucional.

El argumento de la salida política entiendo que es el siguiente. De que la Corte está haciendo un pésimo trabajo no cabe duda. Pero hay algo más grave: una proporción sustancial de la opinión pública cree que está actuando con deshonestidad. Que está sufriendo presiones irresistibles de las fuerzas políticas contrarias al referendum, o más bien de algunas de ellas, que los Ministros están cediendo, y que terminarán dando una sentencia de no ha lugar contra pruebas irrefragables de que sí debe haberlo. Sean o no fundadas estas presunciones —y muchos contrarios al referendum piensan que lo son— su simple peso en la opinión pública las convierte en una causa de grave desavenencia ciudadana, tal vez en una amenaza para la paz. Si en las tribunas de un estadio cunde la convicción de que el árbitro es parcial contra el equipo local, hay que concluir que la violencia será difícil de evitar. Aquí se trata de cientos de miles de partidarios que quieren apasionadamente el referendum y que están convencidos de que hay una conspiración en pie para defraudarles. El peligro es evidente.

Para evitarlo se recurrirá a una salida político-legislativa, que extrajese la cuestión de la jurisdicción de la Corte Electoral. La armonización de tal tesitura con la Constitución es a todas luces imposible, pero —se pretende— bien vale la paz una inconstitucionalidad más.

Yo no estoy de acuerdo, y quiero decirlo, aun a costa de cortar el hilo de mis artículos sobre la economía del sector público. Si en este asunto está en juego la Constitución, está en juego la libertad, la libertad de todos nosotros y la de las generaciones por venir. Y no hay tema, entonces, que pueda disputarle a éste la página 2, mitad inferior.

No estoy haciendo una apelación al legalismo uruguayo, ese que le dice a usted que el artículo tal o cual dice esto o lo otro y que en consecuencia aquello o lo de más allá es inconstitucional. Aquí se trata de los valores esenciales. Aquí se trata de saber si tenemos un régimen en que el parlamento es soberano, o si la soberanía radica en la nación, y sólo puede ejercitarse por los canales que la nación le ha trazado, es decir, conforme a la Constitución. Se trata de decidir si la Constitución rige para el Parlamento, si también éste la puede violar, o si la Constitución es sólo algo que los presidentes y los militares violan cuando dan golpes de estado. Por lo tanto se trata de averiguar si el Poder Legislativo está o no regido por el derecho, y por lo tanto nuestras libertades poseen o no un fundamento razonablemente sólido.

Naturalmente, cabe la postura de declarar que la Constitución uruguaya escrita no rige realmente, como la historia de cada Rendición de Cuentas lo sugiere, y que la constitución que de hecho está en vigor es una constitución que atribuye soberanía al parlamento. De modo que la "salida política" que ahora se propone es contraria a la Constitución teórica, pero conforme a la constitución pragmática. Pues esto es en buena medida verdad, pero también lo es que los países no llegan a tener estados de derecho de la noche a la mañana, que hay que construirlos, que la libertad hay que ganarla, que no crece en los árboles, y que si quienes la aman no la defienden cada vez que está en peligro, y dejan que amaine su celo y su lucidez, pues nunca llegaremos a disfrutarla, ni tampoco nuestros descendientes.

Pero retornemos a la cuestión del día. La cuestión central es el comportamiento de la Corte. Si ésta es meramente ineficaz, si el carácter inherentemente engorroso del pleito doblegara sus posibilidades, si no sabe manejar las chicanas de los litigantes con la severidad del caso, no habrá más remedio que aguantarse. Es decir, los partidarios del referéndum tendrán que hacerlo como los demás litigantes del país, ya que son cosas que todos los que aquí tienen pleitos tienen que soportar unos jueces u otros, y no vale decir que se hallan más comprometidos emocionalmente que los litigantes ordinarios, porque eso sencillamente no es verificable. Lo único que puede invocarse es su crecido número, y la capacidad para generar perturbaciones que de ello se deriva, pero el único número que cuenta en esta cuestión es el que la Corte calcule en el recuento definitivo de firmas. Y los problemas que surjan habrá que resolverlos a medida que se presenten. Si recurrimos a la solución política por miedo, estamos perdidos.

Esto es la hipótesis de Corte honesta. Además, en la misma hipótesis, tenemos que proteger a sus miembros de la acusación de fraude que los militantes pro referendum lanzan todos los días a los cuatro vientos. Eso es difamación, y como tal debe tratarse. Pero, naturalmente, si la acusación de fraude es cierta, las cosas cambian radicalmente. Esta es obviamente una cuestión de enorme importancia. De mucho más importancia, en mi opinión, que la de si ha de haber o no consulta popular sobre la amnistía. Y la propuesta de una salida política procura hacerle una gambeta a ese asunto crucial. Una actitud muy uruguaya. Una actitud muy peligrosa.

La cuestión sobre si la Corte Electoral viola o no ella misma la Constitución debe ventilarse a través de un juicio político, según previsión expresa de la Constitución, artículos 93 y 102. Conforme a ellos, determinados altos funcionarios, los ministros de aquella Corte inclusive, pueden ser acusados por la Cámara de Representantes y juzgados por el Senado, el cual puede separarles de sus cargos por el voto por dos tercios de sus componentes.

Salta a la vista que un juicio político exitoso, en éste como en la mayoría de los casos, sería sumamente difícil. En todas partes del mundo la experiencia en ese sentido es concluyente. Pero es lo que dice la Constitución. No es posible condenar a la Corte sin dejar que se defienda. La pretendida salida política haría prácticamente eso. No es posible acusar de fraude a la Corte en la calle, en los actos públicos, en la prensa, en los liceos ocupados, etc., etc., y no intentar la acusación formal por la Cámara de Diputados. No es posible postular que el resultado del trámite parlamentario que en la emergencia indica la Constitución será totalmente independiente de los hechos. Es impensable que la Cámara resolviese sin una amplia investigación previa. La cual, por supuesto, debería ser pública. Sin duda hay un gran número de ciudadanos que desean esa investigación. Yo soy ciertamente uno de ellos. Para mí saber si la Corte está siendo o no un juez imparcial es enormemente más importante que si habrá o no de consultarse a la ciudadanía sobre la ley de que se trata. Y seguiría esa investigación con enorme interés y enorme atención. Y sin duda muchísimos otros lo harían. Y téngase en cuenta que si el Parlamento se sintiese demasiado comprometido en torno a la cuestión del referendum como para llevar a cabo esa investigación, siempre podría encargarla a una comisión de ciudadanos con la versación y la imparcialidad requeridas.

Hace algunas semanas el Partido Comunista propuso iniciar el trámite de juicio político, lo que no encontró eco en algunas de las otras fuerzas pro referendum. Opino que aquella posición es la realmente coherente con los juicios que se emiten desde los centros de militancia de esa causa. Y pienso que ningún camino que salte la cuestión central, que es la del juicio que deba merecer la conducta de la Corte Electoral, puede consultar los verdaderos intereses del país.

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