Un día para recordar

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EN UNA DIMINUTA SALA DE AUDIENCIA, CON UN PÚBLICO DE DOS CIUDADANOS, UN JUEZ Y UN FISCAL HICIERON HISTORIA AL PERFORAR LA ARMADURA MITOLÓGICA QUE PROTEGE A LOS ENTES PÚBLICOS.

En la pequeña sala de audiencias había seis asientos reservados para el público. Éste se componía de dos personas: un hombre que vestía una remera con impresos, y yo. Las leyendas sobre la camisa de aquel revelaban a qué se debía su presencia: solitariamente, manifestaba contra ANCAP, enrostrándole la contaminación del medio ambiente, por el plomo de sus naftas. Mi compromiso con el acto era más sencillo: simplemente quería cerciorarme de que era posible que un fiscal, en representación del Estado, la hubiese demandado como a una empresa cualquiera, y un juez en aquella audiencia fuese a hacer público su fallo. Ante esa versión, que el azar había puesto en mis manos, me dije “ver para creer”, y me trasladé al juzgado. No habría de arrepentirme.

Enrique Viana Ferreira es el nombre del fiscal que, gallardamente, había entablado pleito contra el coloso burocrático, amontonando pruebas sobre los nocivos efectos de los combustibles que aquel fabrica y expende. La restricción del espacio me hará ser lacónico al respecto. Entre una multitud, me impresionó sobre todo el testimonio de la Dra. Mabel Burger, directora del Departamento de Toxicología de la Facultad de Medicina. El plomo es un cuerpo extraño en el organismo que, sin embargo, por inhalación de sus partículas se instala en él y produce serios trastornos, particularmente en mujeres embarazadas y niños. En éstos, a ciertos niveles, les provoca anemia y retardo en su crecimiento físico e intelectual.

Este efecto deletéreo sobre la salud explica las advertencias contenidas en un informe producido por los Ministerios de Salud Pública y Medio Ambiente, la Universidad de la República y la Intendencia de Montevideo, aconsejando: “Mantener las ventanas cerradas en horas de tránsito intenso [y] procurar que los niños cuando hagan ejercicios o jueguen al aire libre sea en lugares de bajo tránsito.” (Como consta en autos, las zonas más contaminadas de la capital son Tres Cruces y Pocitos). Ese informe llegó a manos del vicepresidente Luis Hierro, durante un ocasional ejercicio de la Presidencia, el cual –muy impresionado, según declaró en autos– requirió la opinión de su asesor Dr. Ing. Jorge Servián, quien propuso que se prohibieran las naftas con plomo. El fiscal Viana Ferreira resaltó en su alegato que ni las advertencias del referido informe ni el asesoramiento del Ing. Servián, pese a su enorme trascendencia, fueron transmitidas a la población como habría sido imperativo hacer.

Viana también se encarga de aportar datos internacionales de interés. En Estados Unidos se comenzó a reducir la concentración de plomo en las naftas en 1976, después que los servicios médicos federales concluyeron que “el contenido de plomo en las gasolinas era la amenaza más grande para el desarrollo mental de los niños.” Las consecuencias de esta política son espectaculares. Un estudio nacional revela que “el porcentaje de niños con niveles elevados de plomo en la sangre bajó, de 88,2% en los años 70 a 4,4% a principios de los años 90, en directa relación con el proceso de eliminación de plomo en las gasolinas.” Los países que han prohibido las naftas con plomo son numerosos. España terminó con estos combustibles el 1º de agosto de 2001. Tenía permiso de Bruselas (lo mismo que Italia y Grecia) para mantenerlos en el mercado hasta el 31 de diciembre pero, a principios de año, las mayores petroleras que operan en el mercado español anunciaron que estaban listas para hacer el cambio el 1º de agosto.

Ante esas realidades contundentes, ¿cuál ha sido la posición de ANCAP? Dejaré de lado la defensa letrada, legalista hasta los tuétanos, y centrada en la falta de expresión cuantitativa en la ley del grado máximo de contaminación admisible. La deposición en autos del presidente del ente, Jorge Sanguinetti, es de lejos más expresiva. El jerarca pretendió restarle importancia al flagelo en cuestión, pero el núcleo de su defensa se apoya en las consecuencias para el ente de la prohibición de los combustibles contaminantes. El expediente recoge su declaración en estos términos: “La alternativa de importar naftas sin plomo y venderlas ANCAP significaría la caída drástica de producción de la refinería, su paralización y la desocupación consiguiente y no hay justificación ambiental para que se produzca todo ese daño.” Así como lo oyen. Comenta el fiscal en su alegato: “Otra vez, surgen trastocadas las prioridades, pues indebidamente los intereses económicos del Ente Autónomo aparecen prevaleciendo sobre los intereses generales de la Nación.”

En cuanto a la falta de “justificación ambiental” invocada por el presidente Jorge Sanguinetti, no estará demás señalar que, ante la primera intimación al ente planteada por el fiscal Viana, ANCAP adujo que “por razones de naturaleza y ambiental, ANCAP elaboró un proyecto de Ampliación/Remodelación” de su refinería, con lo que el problema de la plombemia (exceso de plomo en la sangre) quedaría resuelto; más tarde, sin embargo, en la contestación a la demanda, se vio obligada a cambiar su estrategia y basar su defensa en la falta de tope cuantitativo expreso en la ley, ya que, como certeramente adujo el fiscal en su alegato, “si volvía a admitir que el Proyecto de Ampliación se debía a razones ambientales, reconocía su responsabilidad pretérita y presente…”

La demanda del fiscal pidió que la Justicia prohibiera a ANCAP seguir contaminando nuestro medio ambiente con el plomo de sus naftas y, de no cumplir, fuera condenada al pago de una multa por cada día que durase la omisión. La contestación del ente no consistió en declarar que ANCAP no necesita de semejantes presiones para cumplir con la ley, sino, mirabile dictu, que el juez carecía de facultades para imponérselas. En otras palabras, que la Justicia no tendría arma ninguna para someter al ente al imperio de la ley. Característica soberbia de todos aquellos que por largos años se han sentido por encima del derecho aplicable al común de las gentes…

¿Qué hizo el juez? Confieso que concurrí a la audiencia preguntándome cómo haría para liberarse del compromiso de condenar al coloso burocrático; con qué subterfugio podría evitarse el mostrar al organismo, que proverbialmente “ayuda al país”, como el envenenador de la sangre de nuestros niños. Hombre de poca fe, caí en el error: el magistrado, que se llama José Lobelcho (Civil 7º), condenó a ANCAP, multa por día de incumplimiento y todo, como podría haber hecho con cualquier hijo de vecino

En la diminuta sala de audiencia, con un público de dos ciudadanos, Enrique Viana Ferreira y José Lobelcho estaban haciendo historia. Por primera vez dos magistrados habían perforado la armadura mitológica que protege a los entes públicos en Uruguay, y hecho que la racionalidad penetrara en su ámbito. Todavía no salvaron a los niños del veneno que les están metiendo en las venas y sobre los huesos –todavía queda una segunda instancia que puede durar años– pero comenzaron algo muy importante, cuyas consecuencias desafían la imaginación. Yo me sentí orgulloso de haber presenciado un acto de tanta trascendencia. Fue el 28 de noviembre de 2003: un día para recordar.

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