Un episodio sombrío

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LA CONSTITUCIÓN ES LA GARANTÍA DE NUESTRAS LIBERTADES PERO, A PROPÓSITO DE LA ESTATIZACIÓN DEL ABASTECIMIENTO DE AGUA, PARECE QUE EN ALGUNOS LÍDERES NO HAY TRAZAS DE RESPETO A ELLA.

Desde el 1º de noviembre, cuando el resultado del plebiscito sobre los servicios de agua pudo conocerse, aquellos a cargo de empresas privadas están siendo prestados inconstitucionalmente. Se estima que más de sesenta mil usuarios tienen conexiones con 14 empresas no estatales, abarcando demandas de unas 250.000 personas. Situación semejante, si bien en menor escala, se experimenta en materia de saneamiento. Por tanto, la República enfrenta una situación gravísima. Carece de sentido disimular la violación de la Ley Fundamental cuando resulta cómodo y echar al vuelo las campanas si se le quiere dar notoriedad. La Constitución es la garantía de nuestras libertades, pero no podrá desempeñar esa función si no hay en la conciencia de los orientales hacia ella ni trazas de respeto y reverencia

Correctamente, el presidente de la República declaró que al gobierno no le quedaba otro camino que aplicar la reforma. Ello forzará desembolsos extraordinarios en el sector público, pero no hay alternativa. Supongo que la autoridad competente tratará de arrendar las plantas de quienes fueron concesionarios y contratar a corto plazo con ellos asistencia para el manejo de sus equipos. Tal vez no esté en juego una suma muy elevada, pero, de todas maneras, el pueblo debe haberse enterado con inquietud de que OSE está haciendo números en torno a los aumentos de tarifas necesarios para compensar los nuevos gastos.

Tabaré Vázquez y Jorge Larrañaga discreparon con Jorge Batlle en cuanto a la necesidad de pasar de inmediato los servicios a manos del Estado, pero sus posturas solo parecen explicables por motivos políticos. Naturalmente, no debe serles grato que los ciudadanos sepan que la reforma constitucional que ellos prohijaron, sin que aquellos entendieran cabalmente nunca con qué fin, ahora resulta que les elevará el costo de vida. Pero esa contrariedad no les da al presidente electo y al candidato que le siguió en la preferencia electoral derecho a poner en duda la necesidad de que el Estado asuma sin dilaciones los servicios de que se trata. Si habían creído que la reforma merecía su apoyo debieron apoyar igualmente su puesta en práctica tan pronto como el resultado del referéndum se conoció. Si fueron conscientes de que con la reforma se infería daño a la República, y su aprobación del proyecto fue un expediente para ganar votos, ahora deben al menos guardar silencio, mientras dentro de sí escuchan el veredicto de su conciencia

¿Qué dijeron los dos políticos que, cuando candidatos, se pronunciaron a favor de la estatización del agua y el saneamiento? Según El Observador de 13 de noviembre, Larrañaga dijo: “Batlle un día dice que va a formar una comisión para resolver el asunto y al otro termina adoptando la peor decisión para el país. Deja al país expuesto a la posibilidad de que no puedan prestar los servicios y también a futuros pedidos de indemnizaciones”. Salta a la vista que la designación de una comisión de juristas para dictaminar sobre lo votado nada tiene que ver con la aplicación inmediata de la Constitución, en lo que –como veremos, no ofrece dudas– y lo único que importa es lo que la Ley Fundamental ahora inequívocamente dispone. Es, en cambio, de interés lo que Larrañaga dice sobre la posibilidad de que zonas del país queden sin los servicios, y asimismo que la aplicación inmediata del referéndum pueda abrir camino a demandas de los concesionarios. Esto es de interés porque nos suministra información sobre el sistema de valores de quien hoy en día es uno de nuestros principales líderes políticos. El que parte del país deba prescindir de los servicios norma les de agua (servicios de emergencia sería impensable que el Estado no los dispensara) no sería imputable a la disposición del gobierno a dar cumplimiento a la decisión de la ciudadanía, sino a quienes propusieron el referéndum y a los líderes de opinión que se adhirieron a él, en alguna medida a quienes, sin comprenderlo, lo votaron. Sería mancillar el honor de la República pensar que ésta debe optar por la disponibilidad de ciertos servicios para los residentes antes que ajustarse a los dictados de la Ley. En cuanto a la ofrecer un flanco a las demandas judiciales por cumplir la Constitución, ¿será acaso preciso recordar al líder blanco que está invirtiendo peligrosamente la jerarquía de los valores?

Aún más nos preocupan las declaraciones de quien va a ejercer la primera magistratura durante el próximo quinquenio. Al mismo medio Vázquez expresó lo siguiente: “Mi interpretación es que no caían las concesiones tras el triunfo del plebiscito del 31 de octubre, pero la del gobierno es otra.” Lo que interesa en la respuesta del presidente electo es su criterio de interpretación de normas jurídicas, tarea que ha de absorber de aquí en más una parte importante de su tiempo. Vemos que, a su criterio, las concesiones no caducaban al pasar la Constitución a disponer que los servicios de agua y saneamiento debe prestarlas el Estado. Presuntamente su apoyo a la iniciativa del sindicato de OSE contó con esa convicción entre sus premisas. Veamos el contenido del texto incorporado a la Constitución el 31 de octubre, en la parte relevante a nuestro tema:

“# 3. El servicio público de saneamiento y el servicio público de abastecimiento de agua para el consumo humano serán prestados exclusiva y directamente por personas jurídicas estatales.”

El presidente electo entiende que, pese a tal decisión, clara como el agua de que trata, los prestadores privados de los servicios pueden seguir operando. ¿Hasta cuándo, entonces? ¿Hasta qué caduque cada concesión? ¿Con qué límite? ¿Un año? ¿Dos? ¿Cinco? ¿Indefinidamente? ¿En base a qué entenderíamos una de esas cosas? Una interrogante de gran interés práctico. Imaginemos que la disposición más arriba transcripta fuere, por azar, igual a otra que el presidente Vázquez, ya en funciones, quisiese decretar, con la intención de que el cambio tuviese efectividad ipso iure, sin la menor demora. Hay que presumir que no usaría el mismo lenguaje que los autores de la resolución plebiscitada, ya que ello podría ser interpretable por otros –un juez, pongamos por caso– de la misma manera que Vázquez interpreta ahora la resolución que la ciudadanía votó el 31 de octubre. Entonces, ¿qué otro giro literario le daría a su decreto? Si la gestión del presidente electo va por lo visto a caracterizarse por originalidades idiomáticas, sería bueno que pudiésemos comenzar a interiorizarnos de sus características.

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