¿Cuál es el principio que, óptimamente, debe orientar la gerencia de los emprendimientos dirigidos hacia servicios de primera importancia para la población? ¿El ánimo de lucro o el espíritu de servicio? La opción por el primero conduce hacia una economía de mercado. Para que él funcione al máximo de su potencial es preciso que los mercados respectivos sean competitivos. En ese caso las empresas ofrecerán el servicio procurando atraer a la mayor proporción posible de los interesados, invocando la calidad de los servicios que cada una ofrece, a la vez que la modicidad de sus precios. El resultado de tales esfuerzos no está asegurado: cada uno podrá ganar dinero o perderlo. En lo que concierne al sector público, hay diversas áreas en las cuales el principio del ánimo de lucro es difícil de aplicar (v. gr. policía, bomberos); en otros, en cambio, como ser: energía eléctrica, telefonía, combustibles, cemento, alcoholes, educación, salud, agua potable, saneamiento, es perfectamente factible; pero nuestra República, comenzando tal vez con la Constitución de 1917, se ha pronunciado consistentemente contra el principio del ánimo de lucro y, en su lugar, a favor del espíritu desinteresado con que se supone actúan los servidores del Estado. La idea es que el espíritu de servicio es la motivación más pura; pero no solo eso, también la que inspirará en aquellos a quienes anima un rendimiento superior en el cumplimiento de su misión. Cuanto más encumbrada la naturaleza del servicio, más importante que sus directores actúen libres de cualquier móvil pecuniario personal
Una expresión reciente de esa convicción –la que me puso el tema por delante– se encuentra en declaraciones a Búsqueda del 12 de este mes, efectuadas por el nuevo presidente del Banco de Previsión Social, Ernesto Murro. Este llamó la atención de sus entrevistadores sobre expresiones de documentos del EP, con los que se identifica, donde se dice que “la seguridad social no puede tener como fin esencial el lucro.” Obviamente, el documento no dijo lo que sus autores querían, porque el fin de la seguridad social no puede ser otro que el de cubrir los riesgos que el sistema abarque; pero sí, evidentemente, quiso decir que, siendo la seguridad social “una política de Estado y ... un derecho humano fundamental”, su administración no podía quedar en manos de consejos directivos motivados por el afán de lucro, sistema solamente aplicable a servicios de menor enjundia. El fundamento de esta tesis parece ser que, si los administradores de la seguridad social actúan abiertamente movidos por afán de lucro, buscarán maneras de hacer que parte de los recursos en teoría destinados a los trabajadores asegurados se desvíen hacia sus bolsillos. Y si el fundamento fuese otro, no puedo imaginar cuál podría ser
El Sr. Murro debe saber lo que pasó en esta República con el sistema estatal de jubilaciones y pensiones, estrictamente basado en el principio de dirección confiada al espíritu de servicio. Originalmente era un sistema de capitalización (aunque sin cuotas individuales, como el plan actual) en el sentido de que las pasividades se pagarían con las rentas del patrimonio que el órgano competente (las otrora famosas “Cajas”) acumulase durante los períodos de “carencia”, establecidos en las leyes respectivas, durante las cuales la Caja cobraría aportes pero todavía no pagaría pasividades. Pasó a ser un sistema de transferencias intergeneracionales (las pasividades a los ancianos se pagan con los aportes de los jóvenes) cuando los directores del sistema dilapidaron el capital que se había acumulado. En primer lugar invirtieron el ahorro jubilatorio en bonos del gobierno emitidos en pesos, al 5% anual no reajustable, cuyo valor global la inflación se encargó de reducir a cero. Pero asimismo hicieron otras inversiones: prestaron al personal dinero para adquirir cada uno una vivienda, y amueblarla, al 2% anual no reajustable, y –en seguida– otro tanto para levantar una vivienda en un balneario, y amueblarla, en idénticas condiciones; todo lo cual, inflación mediante, determinó una gigantesca transferencia de los trabajadores a los funcionarios de la seguridad social, sin la menor contrapartida. Consumado ese latrocinio, no hubo más remedio que sustituir el sistema de capitalización por otro de transferencia de los activos a los pasivos, el cual –visto el trágico descenso de la natalidad en nuestro país, la consiguiente caída del cociente activos/pasivos– el Ejecutivo tuvo que complementar con aportes crecientes de rentas generales.
Ese brutal despojo, cuya responsabilidad, civil ni penal, nunca se hizo efectiva, como en tantos otros casos similares, se consumó bajo un régimen totalmente ajeno al espíritu de lucro, y enteramente afiliado al sistema del espíritu de servicio. Como el que el Sr. Murro quiere reinstalar en la seguridad social uruguaya. Supongo que confiando que los directores llamados al ejercicio desinteresado de su misión no volverían a robar a los trabajadores sus ahorros, aunque sin suministrar, ni pudiendo suministrar al respecto, garantía efectiva alguna. La verdadera garantía la suministró la reforma legislativa de 1996, encargando la administración de los ahorros jubilatorios a empresas privadas competitivas auditadas por el Banco Central del Uruguay, y esa es la que parece querer remover el Sr. Murro. Él sabrá por qué.
También sabrá por qué le molestan los directores de una de las AFAPs. República AFAP es una empresa privada que pertenece al BROU (si no recuerdo mal, su único accionista). En la misma entrevista el Sr. Murro declaró que los tres directores de dicha entidad serían sustituidos “a la brevedad por la forma que corresponda”. Elogió a uno de ellos que ya había renunciado y criticó a los dos que seguían en funciones. Pero a los directores de República AFAP tiene que haberlos nombrado su accionista, el BROU, que puede sustituirlos cuando lo estime oportuno. Sin ser ello de la incumbencia del Banco de Previsión Social. ¿Por qué será que el Sr. Murro está impaciente por que el sistema prescinda de dos funcionarios de óptimo nivel? ¿Será que le apremia contar con directores incondicionales frente al Banco de Previsión Social? ¿Qué se propone hacer si lo logra? Preguntas sin respuesta, a la vez que motivos de legítima inquietud para los trabajadores afiliados a AFAPs e, indirectamente, para toda la ciudadanía.